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Arbitraje Nacional

El arbitraje nacional es un mecanismo de resolución de conflictos alternativo al proceso judicial, mediante el cual las partes en una disputa acuerdan someter sus diferencias a uno o varios árbitros privados, que emiten una decisión llamada laudo arbitral, la cual tiene fuerza vinculante y ejecutiva.

Características principales del arbitraje nacional:

Ámbito interno: Se considera “nacional” cuando todas las partes involucradas están domiciliadas en el mismo país, y la disputa no tiene elementos internacionales (como contratos celebrados entre empresas de distintos países).

Normativa local: Está regulado por la legislación del país en cuestión, que establece los procedimientos, requisitos, y efectos del arbitraje.

Voluntariedad: Las partes deben acordar expresamente someterse al arbitraje, ya sea mediante una cláusula en un contrato o por acuerdo posterior al surgimiento del conflicto.

Neutralidad y confidencialidad: A menudo, el arbitraje es preferido por su carácter confidencial y por la posibilidad de elegir árbitros especializados e imparciales.

Eficacia del laudo: El laudo arbitral tiene valor similar a una sentencia judicial y puede ser ejecutado forzosamente si una de las partes no lo cumple voluntariamente.

Arbitraje en Perú

El arbitraje en el Perú es un mecanismo alternativo de resolución de conflictos mediante el cual dos o más partes acuerdan resolver sus disputas fuera del Poder Judicial, a través de árbitros que emiten un laudo arbitral con fuerza vinculante.

Está regulado principalmente por la Ley de Arbitraje (Decreto Legislativo N.° 1071), alineada con la Ley Modelo de la UNCITRAL, lo que le da estándares internacionales.

 

Tipo de ArbitrajeDescripción
Arbitraje nacional
  • Todas las partes están domiciliadas en el Perú.
  • No hay elementos internacionales en la disputa.
Arbitraje internacional
  • Al menos una parte está domiciliada en el extranjero.
  • El contrato se ejecuta fuera del Perú o afecta el comercio internacional.
Arbitraje institucionalAdministrado por una institución arbitral (ej. CENARD).
Arbitraje ad hocOrganizado por las partes, sin intervención de una institución arbitral.
Arbitraje con el EstadoObligatorio en contrataciones públicas, regulado por la Ley de Contrataciones del Estado.
Características clave
  • Voluntario: Requiere acuerdo de las partes.
  • Confidencial: A menos que se acuerde lo contrario.
  • Vinculante: Equivale a una sentencia judicial.
  • Ejecutabilidad: Se puede hacer cumplir judicialmente.
  • Impugnación limitada: Solo por motivos graves como corrupción o violación al debido proceso.
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